Habilitación de servidores públicos​

A partir del foro realizado en la Universidad de Antioquia alrededor de la pregunta: ¿Pueden las universidades públicas crear Spin-Off? se constituyó un Grupo Gestor conformado por: la Universidad de Antioquia, la Universidad Nacional de Colombia, la Universidad Industrial de Santander, la Universidad del Valle y la Universidad Tecnológica de Pereira, quienes contaron con el respaldo del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación anteriormente Colciencias y Tecnnova UEE, con el fin de revisar la manera de habilitar la participación de  los servidores públicos  en la constitución de spin-off académicas y los desafíos a los que se enfrentan las instituciones de educación superior con la implementación de este mecanismo.

Resultados

1. Estudio pormenorizado frente al tema de las Spin-Off

  • Tanto en el ámbito nacional como en el internacional que diera cuenta de las alternativas disponibles en el ordenamiento jurídico colombiano, para luego determinar con precisión y pertinencia; cuál sería el camino más expedito de cara lograr la regulación normativa esperada. Luego de la revisión conjunta en cabeza del equipo base y los asesores nacionales, se advirtieron dos grandes vías para introducir la iniciativa legislativa spin-off. Las alternativas halladas fueron: i) La regulación normativa a través del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 y ii) la regulación normativa a través de una Ley específica para el tema.
  • Se realizaron los siguientes estudios:
  • Se presentó una versión inicial de dos artículos para aclarar las normas 127 y 128 constitucionales.
  • Artículo sobre SPIN OFF UNIVERSITARIAS EN COLOMBIA, Fabíola Wüst Zibetti
  • Revisiones a los documentos por parte de asesores nacionales e internacionales
  • Documento ponencia para primer debate AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 215 DE 2015 ASUNTO: “POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS DE FOMENTO A LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN MEDIANTE LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA (SPIN-OFFS) Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.
  • PROYECTO DE LEY No.215 DE 2015 CAMARA DE REPRESENTANTES

2. Panorama detallado de los desafíos

  • Principalmente las barreras normativas en Colombia, frente a las que se plantearon diversas alternativas jurídicas e institucionales de solución. En Colombia, aunque algunos tipos de investigadores de instituciones de educación superior (IES) públicas puedan constituir empresas spin-off, como es el caso de los profesores de cátedra y profesores ocasionales, cuando se trata de un investigador de planta (servidor público docente), esa alternativa encuentra barreras normativas.
  • Existen 2 normas constitucionales que plantean estas barreras:
  • Artículo 127 CP: Artículo 127. Los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuesta persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo las excepciones legales. Esta norma impide que los investigadores de instituciones de educación superior (IES) públicas (servidores públicos docentes) se asocien con estas mediante la suscripción de contratos de asociación con universidades públicas para la creación de spin-offs
  • ARTICULO 128 CP: Artículo 128. Regulado parcialmente por la Ley 269 de 1996. Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado, salvo los casos expresamente determinados por la ley.
  • Para la mayoría de las Instituciones públicas, y con ocasión a las auditorias fiscales y disciplinarias de las que son sujeto, esta norma impide que los investigadores de instituciones de educación superior (IES) públicas (servidores públicos docentes) reciban incentivos económicos por la explotación de las tecnologías; así como participaciones en spin-offs, aunque se asocien con universidades públicas no podrían recibir beneficios provenientes del éxito de la misma generando que en algunos casos migren hacia universidades privadas, con lo que esto implica para la calidad de la educación de los principales centros de conocimiento del país.
  • Tomado del documento: ponencia para primer debate AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 215 DE 2015

3. Formulación del proyecto de ley presentado ante el Congreso de la República de Colombia.

Instituciones participantes

  • UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
  • Fijo: +57(4) 219 21 38 | Móvil: +57 312 8502464
  • E-mail: proyectosotc@udea.edu.co  
  • Edificio de Extensión UdeA - Calle 70 #52-72
  • Medellín, Colombia
  • TECNNOVA
  • Fijo: +57(4) 516 77 70 ext. 1150
  • E-mail: info@tecnnova.org  
  • Complejo Ruta N​ - Calle 67 #52-20 oficina 3037
  • Medellín, Colombia